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Impuesto vehículos Bogotá

La fecha máxima para el pago del Impuesto vehículos Bogotá 2024, con descuento, es hasta el 28 de junio de 2024.

DescuentoFecha
10% de descuentoMayo 24 de 2024
Sin descuentoHasta junio 28 de 2024
Con sanciónA partir del 29 de junio de 2024

¿Cuál es el valor de la sanción?

Si la declaración y pago del impuesto automotor no se presenta dentro del plazo máximo establecido para declarar y pagar, la sanción por extemporaneidad es del 1.5% por mes o fracción de mes, sobre el impuesto a cargo sin exceder el cien por ciento (100%) del impuesto y sin ser inferior a la sanción mínima vigente que para el año 2024.

Ingrese, liquide y pague en línea el Impuesto vehículos Bogotá, en el sitio oficial de la Secretaría de Hacienda Distrital:

Ir al sitio web

También puede solicitar la liquidación en línea y pagar en uno de los bancos autorizados para recibir el recaudo.

Bancos autorizados

En las siguientes entidades bancarias, puede efectuar el pago del Impuesto vehículos Bogotá, sin necesidad de tener cuenta bancaria:

  1. Bancolombia
  2. Banco de Bogotá
  3. Banco Popular
  4. Banco de Occidente
  5. BBVA Colombia
  6. Banco Citibank
  7. Banco Davivienda
  8. Banco GNB Sudameris
  9. Banco AV Villas

Novedades sobre el pago del Impuesto vehículos Bogotá

Desde del año 2021 y hasta el año 2030 se establecen en la ciudad de Bogotá incentivos a los vehículos eléctricos e híbridos en el impuesto automotor así:

  • Los vehículos eléctricos nuevos que se matriculen en la ciudad de Bogotá tendrán derecho a un descuento del sesenta (60%) del impuesto sobre vehículos automotores, por los cinco (5) años siguientes al añol en que sea matriculado el vehículo.
  • Los vehículos eléctricos de servicio público nuevos, tipo taxi, que se matriculen en la ciudad de Bogotá tendrán derecho a un descuento del setenta (70%) del impuesto, por los cinco (5) años siguientes al año en que sea matriculado.
  • Los vehículos híbridos eléctricos nuevos, que se matriculen en la ciudad de Bogotá tendrán derecho a un descuento del cuarenta (40%) del impuesto vehicular, por los cinco (5) años siguientes al año en que sea matriculado.
  • Quedan excluidos de estos beneficios los vehículos híbridos con gas.
  • Los vehículos eléctricos de servicio público, taxi que ya se encuentran matriculados en la ciudad de Bogotá, tendrán derecho a un descuento del setenta (70%) del impuesto, por cinco (5) años a partir de la entrada en vigencia del Acuerdo 780 de 2020.